Jueves, 24 de mayo de 2012

Analizará SCJN presentación de presuntos culpables en medios
Una persona demandó daño moral por la publicación de su nombre en notas periodísticas que lo señalaron como probable responsable del delito de homicidio.
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Fecha: miércoles 22 de febrero de 2012
Fuente: Juan Omar Fierro

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ejerció su facultad de atracción para revisar una demanda por daño moral interpuesta por el empresario de Querétaro, Federico Humberto Ruiz Lomelí, en contra de escritores, periodistas y medios de comunicación que cuestionaron la exoneración del demandante en un caso de homicidio registrado en esa entidad el 27 de noviembre del 2004.

La Primera Sala del Máxima Tribunal decidió atraer el caso para revisar las implicaciones que tienen las publicaciones periodísticas en el honor de las personas cuando se señala que un particular está implicado en hechos delictivos.

La demanda fue presentada por el propio Ruiz Lomelí luego de que la Procuraduría General de Justicia del Estado de Querétaro resolviera no ejercer acción penal en su contra por el homicidio del joven Marco Antonio Hernández Galván, a pesar de que un testigo lo incriminaba de forma directa en estos hechos.

De acuerdo con los propios testigos y representantes de la víctima, durante la investigación de este caso se cometieron diversas irregularidades como la falta de una revisión al vehículo del presunto agresor y la intimidación de los cuerpos policiacos a las personas que presenciaron el homicidio por arma de fuego.

Dichas anomalías fueron retomadas por diarios como El Norte que se edita en Nuevo León y AM que circula en los estados de Querétaro y Guanajuato, así como por los periodistas Roberto Zamarripa y Julio Figueroa, los cuales fueron acusados por daño moral por Federico Humberto Ruiz, uno de los principales empresarios de la región

Además, Ruiz Lomelí incluyó en su demanda a los abogados Sergio Guerrero Patiño, Gerardo Alcocer Murguía y José Alfonso Rodríguez, quienes representaron a Miguel Gerardo Rivera Alcántar como uno de los principales testigos del crimen.

Durante los primeros años de este litigio, los abogados ofrecieron varias conferencias de prensa en las que denunciaban las anomalías en la investigación; además de presentar quejas ante la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), y la Contraloría estatal de Querétaro para denunciar a las autoridades involucradas en dichas anomalías.

En este sentido, los ministros consideraron que este caso reúne los requisitos de interés y trascendencia al poner en la balanza si el hecho de emitir y publicar información sobre una persona acusada de cometer un delito antes de que sea condenada, vulnera su derecho al honor.

En la resolución se establece que la Primera Sala de la SCJN deberá estudiar el equilibrio y la colisión que existe entre dos derechos fundamentales como lo son la libertad de expresión y el derecho al honor a raíz de un hecho delictivo.

Además, deberá resolver la vigencia de ambos derechos en lo que se refiere al estado procesal y finalmente deberá analizar la posible aplicación retroactiva de las reformas constitucionales en materia de amparo y derechos humanos en casos como este.

 

 

 

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Foto archivo

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