Estudia SCJN carear menores con agresores
La Suprema Corte de Justicia de la Nación ejerció su facultad de atracción para revisar un amparo y determinar la prohibición
Fecha: miércoles 11 de agosto de 2010
Fuente: Juan Omar Fierro Mendoza
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación ejerció su facultad de atracción para revisar un amparo y determinar si la prohibición existente en las leyes penales para realizar careos entre menores de edad que son víctimas de violación y sus agresores, debe extenderse a los testigos de descargo del inculpado.
A pesar de que el amparo promovido por el presunto agresor no solicita de manera explícita realizar esta diligencia, la Primera Sala del Máximo Tribunal consideró que este caso reúne los requisitos de interés y trascendencia para pronunciarse en la materia y sentar un precedente en juicios futuros.
La resolución de los ministros obedece a que existe “una contradicción sustancial” entre la declaración de la víctima, una menor de edad, y los testigos de descargo del inculpado, por lo que deberá analizarse si es pertinente o no realizar un careo en este caso.
Sin embargo, antes de pronunciarse sobre el caso concreto, los ministros acordaron revisar si el careo no viola las garantías individuales de la víctima que están plasmadas en la Carta Magna, la Convención sobre Derechos del Niño y la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolecentes.
Además, los ministros acordaron revisar si negar el careo viola el derecho a una defensa adecuada del reo, por lo que tendrán que revisarse tanto el derecho que asiste a la víctima como al procesado a la luz del artículo 20 de la Constitución.
Dicho artículo constitucional se refiere a la prohibición expresa para realizar careos de un menor que fue víctima de los delitos de violación o secuestro con sus agresores, por lo que los ministros tendrán que revisar si esta garantía debe extenderse a los testigos del inculpado.
Este amparo fue promovido por una persona sentenciada por el delito de violación equiparada en contra de una menor de edad, por lo que el inculpado promovió un amparo alegando que no perpetró ningún delito sexual, ya que sus testigos afirman que la menor ofendida no se encontraba en el lugar de los hechos el día de la agresión.
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