Miércoles, 8 de febrero de 2012 / 12:04

Inconstitucional sancionar pesca furtiva
SCJN declara inconstitucional sanción a pesca furtiva
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Fecha: miércoles 7 de abril de 2010
Fuente: Juan Omar Fierro Mendoza

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Inconstitucional sancionar pesca furtiva
Castigar como un delito ambiental y con penas que incluyen prisión, la captura, transportación y venta de especies acuáticas que se encuentran en veda, resulta inconstitucional, ya que la sanción penal por este tipo de conductas no está prevista en ninguna ley expedida por el Congreso de la Unión. Así lo dictaminó la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación al resolver un juicio de amparo interpuesto por un pescar que fue detenido y sometido a proceso penal por pesca furtiva de una especie acuática de caracol protegida por las leyes ambientales. De acuerdo con la resolución, la fracción II del artículo 420 del Código Penal Federal que castiga la pesca furtiva de especies en veda es contraria a la Carta Magna, debido a que la sanción penal se impone remitiendo a acuerdos administrativos de la Secretaría del Medio Ambiente o a la Norma Oficial Mexicana (NOM) en esta materia. No obstante, dichos acuerdos y normas no tienen rango de ley y no se pueden aplicar de manera supletoria para complementar el cuadro de la conducta considerada ilícita, ya que no se describe de manera clara, precisa y exacta cuan es la acción sancionada y la pena de prisión correspondiente. Por 3 votos contra 2, la Primera Sala del Máximo Tribunal consideró que al no estar fijada en una ley el castigo penal para la captura furtiva de especies acuáticas como el propio caracol, el pepino de mar y hasta el camarón, las autoridades estaban aplicando un tipo penal “en blanco” en contra del afectado. Esta resolución abre la posibilidad que los pescadores furtivos que actualmente se encuentran encarcelados y sometidos a juicio, salgan libres o sean absueltos en los próximos meses, ya que la sanción penal aplicada hasta el momento va en contra del principio de reserva de ley, es decir, que cualquier castigo penal que se pretenda aplicar debe estar avalado directamente por el Congreso de la Unión y no por autoridades administrativas como la Semarnat. A pesar de que esta sentencia se suma a un fallo similar emitido por un juez federal en otro caso de pesca furtiva, aúno no se ha convertido en una jurisprudencia que podría beneficiar a decenas de pescadores y, por lo tanto, no es un criterio de aplicación obligatoria en todos los juzgados y tribunales federales. Para que se aplique de forma obligada, las salas de la Corte tendrían que otorgar 3 amparos más a favor de los pescadores en sus próximas sesiones.
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